Programa de radio: Compartiendo nuestra palabra

Compartiendo nuestra palabra es un programa de mujeres de la mesa de concertación y diálogo de los pueblos indígenas del Chocó con el apoyo de la comunidad de juristas Akubadara.

Programa 1: PARTICIPACIÓN DE MUJERES

¿Que es participar, por qué participar? , cambios que ocurren cuando participan.
Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado. Artículo 5 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

Programa 2: PARTICIPACIÓN Y PAZ

¿Qué es la paz? ¿Cómo construir la paz?
Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas Los pueblos indígenas tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten a sus derechos, por conducto de representantes elegidos por ellos de conformidad con sus propios procedimientos, así como a mantener y desarrollar sus propias instituciones de adopción de decisiones. Artículo 18 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

Programa 3: PARTICIPACIÓN Y ACUERDOS DE PAZ- CAPÍTULO ÉTNICO

El Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en Colombia reconoce que los pueblos étnicos han contribuido a la construcción de una paz sostenible y duradera, al progreso, al desarrollo económico y social del país.Los pueblos indígenas tienen el derecho colectivo a vivir en libertad, paz y seguridad como pueblos distintos y no serán sometidos a ningún acto de genocidio ni a ningún otro acto de violencia, incluido el traslado forzado de niños del grupo a otro grupo.
Artículo 7 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas

Programa 4: PARTICIPACIÓN INTERCULTURAL

¿Qué pueblos se han unido en el Chocó?. ¿Por qué incluir otros pueblos?.Los pueblos indígenas tienen derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras de sus culturas, como lugares arqueológicos e históricos, objetos, diseños, ceremonias, tecnologías, artes visuales e interpretativas y literaturas. Artículo 11 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

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