Derechos bioculturales en el nuevo Plan Nacional de Desarrollo: ¿hacia una jurisdicción interétnica ambiental?

Por Fernando Herrera *

“…los denominados derechos bioculturales, en su definición más simple, hacen referencia a los derechos que tienen las comunidades étnicas a administrar y a ejercer tutela de manera autónoma sobre sus territorios -de acuerdo con sus propias leyes, costumbres- y los recursos naturales que conforman su hábitat …” Sentencia T 622-16 Corte Constitucional de Colombia

Los esfuerzos por tipificar el Ecocidio como crimen internacional en el Estatuto de Roma, la gradual ratificación del Acuerdo de Escazú sobre justicia ambiental en Latinoamérica y la campaña global para aprobar un Tratado Vinculante sobre Empresas y Derechos Humanos apoyada por el Consejo de DDHH de la ONU y la Red Interparlamentaria Global, se suman a los de Tribunales como la Corte Constitucional de Colombia y la Corte Suprema de Justicia, por reconocer a la naturaleza como sujeto de derechos y a sus habitantes como autoridades y guardias indiscutibles de la misma. 

En contravía, ONG como Global Witness, en su informe de 2021, La última línea de defensa, denuncian que luego de la firma de los acuerdos de paz y su capítulo étnico, seguimos siendo el segundo país más peligroso para los defensores étnicos y ambientales, mientras la Fiscalía General de la Nación reveló que durante el primer semestre de 2022 Colombia perdió 7.585 hectáreas de bosque equivalentes a 8.925 canchas de futbol, como lo publicó El Tiempo. El remedio parece ser peor que la enfermedad. 

Con el Decreto Ley 870 de 2017 que regula el pago por servicios ambientales, la Ley 21 de 2021 que persigue los delitos contra la naturaleza sin proteger a sus defensores, la Ley de Transición Energética y otra de Acción Climática sin consulta con los conservadores tradicionales de los bosques y la Directiva Presidencial 08 de 2020 que simplifica y estandariza los procesos de consulta previa para acelerar la entrega de licencias ambientales al sector extractivo, pervertimos el deber de compensación ambiental (“¡quien contamina, paga!”) volviéndolo un derecho: el de contaminar si se tiene el capital para compensar (el origen incómodo de los mercados azules, verdes y de carbono).

Bajo las nuevas banderas “verdes” el gobierno apoyó, en 2021, la realización de un inventario que diera cuenta de los patrimonios hídrico y biológico del país, para que facilitara su capitalización e inserción en los mercados internacionales de acuerdo a los principios para prestación de servicios ecosistémicos del proyecto Europeo TEEB, animando nuevos despojos y conflictos por los recursos, mientras el Ministerio de Minas y Energía proyecta la construcción de plantas de hidrógeno verde y azul que afectarían algunas cuencas hídricas del país y los parques eólicos de La Guajira destruyen el patrimonio paisajístico de sus comunidades, generan contaminación visual y acústica, ahuyentan el ecoturismo y afectan la libre movilidad de sus gentes como se ha visto en México y El Salvador (¿vamos hacía en un Estado de Cosas Inconstitucional en materia ambiental?).

La creación de un Estatuto Ambiental para garantizar los derechos de la naturaleza y sus habitantes como razón de Estado, de los Tribunales Interétnicos Ambientales para perseguir y sancionar en forma coordinada los crímenes contra la naturaleza y sus defensores, de un Sistema Interétnico Ambiental con presencia orgánica de instituciones étnicas y rurales articuladas en nombre de la biodiversidad, y de un  ordenamiento territorial ambiental respetuoso del Derecho Propio, los Planes de vida y Etnodesarrollo, es hoy una urgencia tan vital como la de respirar.

El nuevo Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 26 tendrá el desafío de materializar la Constitución Política con una nueva arquitectura normativa e institucional y una visión más holística de lo público, que abrace y proteja esas otras institucionalidades milenarias, si queremos elevar la promesa de ser potencia de vida desde la paz total, a razón y política de Estado. Esto no es imposible con una Constitución Política como la nuestra, defensora de un modelo de Estado Social y de Derecho Pluriétnico y Multicultural, y del pluralismo jurídico como parte del nuevo orden público y constitucional.

* Abogado constitucionalista, integrante de Akubadaura

Nota:
El proyecto de la Economía de los Ecosistemas y la Biodiversidad (TEEB por sus siglas en inglés) fue impulsado por Alemania y la Comisión Europea como respuesta a una propuesta de los Ministros de Medio Ambiente del G8 + 5 (reunidos en Postdam, Alemania, en 2007) para ordenar el mercado de servicios ecosistémicos en el mundo, como propuesta para luchar contra el cambio climático.