Apoyo a consulta previa, libre e informada con pueblos indígenas en Colombia

El pasado 19 de enero de 2019, la Mesa Permanente de Concertación y las instituciones del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, firmaron el acta de acuerdos que cerró el proceso de consulta previa, libre e informada entre estas dos partes.

Nosotros, líderes indígenas, autoridades espirituales y activistas de derechos humanos, celebramos la realización del proceso y la construcción de acuerdos en favor de la paz en el país.

Este proceso de consulta previa no tiene referente en el mundo y le garantiza a los pueblos indígenas colombianos participar como sujetos activos dentro de la construcción de la paz.

Consideramos que este proceso nos deja, como pueblos indígenas, al menos tres enseñanzas fundamentales que lucharemos para aplicar en nuestros territorios:

  1. Es un referente global para los pueblos indígenas que enfrentan momentos de justicia transicional. Los pueblos indígenas colombianos enseñaron que los derechos étnicos no pueden ignorarse en los procesos de transición. Por el contrario, demostraron que no es posible pensar en la construcción de un proyecto de un país en paz, sin que los pueblos indígenas hagan escuchar su voz y participen de manera activa con las instituciones estatales. Los pueblos indígenas, como víctimas desproporcionadas del conflicto armado y actores de la construcción de paz, son una voz indispensable para construir memoria, hacer justicia y garantizar que la guerra no vuelva.
  2. Los pueblos indígenas dieron una enseñanza de articulación y consolidación de las propuestas que los llevaron a avanzar en la inclusión de sus miradas en las metodologías de trabajo de las instituciones del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. La Mesa Permanente de Concertación es un ejemplo de trabajo coordinando entre los diferentes pueblos indígenas y de implementación de democracia directa. En sus procesos decisorios y la presentación de las propuestas a las instituciones estatales, los pueblos indígenas nos enseñaron formas de negociación efectivas que respetan el derecho propio.
  3. Este proceso mostró que se necesita la voluntad de las instituciones estatales para cumplir con sus obligaciones internacionales y nacionales y así garantizar los derechos de los pueblos indígenas. En este caso, las instituciones del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, estuvieron dispuestas a consultar sus metodologías con los pueblos indígenas, cumpliendo con el derecho internacional y las decisiones de la Corte Constitucional de Colombia.Con la protección del derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas de Colombia en el proceso de paz, este país se convierte en un ejemplo global para nuestras comunidades. Con su ejemplo nos llenamos de fuerza y de valor para continuar movilizándonos por la protección de nuestros nuestra Madre Tierra, de Firmantes:
Adam Kyomuhendo, Uganda
Adriana Vásquez, Colombia
Anette Schor, Colombia
Asunción Jiménez, México
Benson Khemis Soro Lako, Sudán del Sur
Carolina Sequeda, Colombia
Carson Kiburo, Kenia
Comunidad de Juristas Akubadaura, Colombia
Dev Kumar Sunuwar, Nepal
Diana Jembuel, Colombia
Elhadji Samba Sow, Senegal
Eva Cristina Tecún, Guatemala
Evariste Ndikumana, Burundi
Fredrick Ssenyonga, Uganda
Grover Genro Gauntt, United States
Karimu Unusa, Camerún
Laura Salas, México
Litigio Estratégico Indígena A.C., Oaxaca, México
Liaquat Ali Hazara, Reino Unido
Mariana Yañez, México
Mario Murillo, Colombia
Martha Ntoipo, Tanzania
Melisa Segundo, Argentina
Milka Chepkorir, Kenia
Neth Prak, Cambodia
Noemí Santana, Puerto Rico
Pratima Gurung, Nepal
Rami Efal, Estados Unidos / Israel
Rocío Caballero, Colombia
Ronald Suárez, Perú
Ruth Anna Buffalo, Estados Unidos
Sofía Fuentes, Ecuador
Sophie Kushen, Estados Unidos
Sreyneang Loek, Cambodia
Subha Ghale, Nepal
Tiokasin Ghosthorse, United States
Trenton Casillas, Estados Unidos
Walter Flores, Chile