Akubadaura presenta informe sobre la evolución y los desafíos de la consulta previa y pueblos étnicos en Colombia

Julio 29 de 2021. Con la exposición de cuatro casos nacionales de procesos de consulta previa con pueblos indígenas que contaron con el acompañamiento de Akubadaura, la Comunidad de Juristas publica un informe en el que analiza la Consulta Previa, Libre e Informada -CPLI- en Colombia haciendo énfasis en sus alcances, evolución histórica, incluyendo una interpretación jurídica. Para esto, el informe presenta un mapa de la implementación de la CPLI en las medidas legislativas, administrativas, proyectos, obras y actividades.  

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En el informe, que lleva por título “Alcances y evolución jurídica del derecho a la consulta previa en colombia: medidas legislativas, proyectos, obras, actividades y casos emblemáticos”, los lectores encontrarán una recolección de las normas de derecho internacional y los principios, criterios y reglas sobre CPLI introducidas especialmente por la Corte Constitucional. En la investigación el equipo interdisciplinar de Akubadaura encontró que en Colombia entre 1991 y 2018 la Corte Constitucional ha expedido al menos 200 sentencias entre tutelas, fallos de constitucionalidad y de unificación. 

Basado en datos del Ministerio del Interior, el informe revela que entre 1995 y 2018 se realizaron 5.105 posibles procesos de consulta, en 284 municipios, en los que participaron comunidades indígenas. El informe también registra que entre 2013 y 2017 se realizaron 3.241 procesos de consulta previa en el país.

Según el Ministerio del Interior, cinco sectores concentran el 83 por ciento de los procesos de Consulta Previa en Colombia. encabezados por el  sector de hidrocarburos representa el 31 por ciento de los procesos (1.578 procesos), el ambiental 18 por ciento, el sector eléctrico 14 por ciento, 12 por ciento procesos realizados dentro del marco de la expedición de medidas administrativas y un 8 por ciento por proyectos de infraestructura. Precisamente la constante en la investigación fue si esos procesos cumplieron con los estándares para la garantía de derecho para las comunidades étnicas, o no. 

En la jurisprudencia se ha reconocido que la Consulta y el Consentimiento Previo, Libre e Informada son un derecho natural, una herramienta para el diálogo interétnico y la construcción de paz, y un instrumento para la protección de los ecosistemas y la vida planetaria. Sin embargo, esas decisiones judiciales no siempre se convierten en realidad. El informe concluye que en Colombia hay conflictos profundos entre las fuentes del derecho a la CPLI y su traducción en prácticas que se realizan en los procesos de consulta.  

El equipo de Akubadaura aspira a que el informe, con los estudios de caso, conclusiones y recomendaciones sean un aporte a las acciones de discusión pública, formación, seguimiento institucional, incidencia política, litigio estratègico e investigaciòn alrededor de la CPLI como uno de los temas centrales en la agenda de actores locales, nacionales o internacionales, que contribuyen a la defensa de los derechos de nuestros pueblos étnicos. 

Al mismo tiempo, Akubadaura lanza el Sistema Nacional de Información en Consulta Previa, Libre e Informada, una herramienta que permite hacer búsqueda y seguimiento, en línea y en tiempo real, de los procesos de consulta previa que se desarrollan los territorios étnicos.

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